La justicia avala que las empresas llamen a los trabajadores que estén de baja para preguntarles por su estado (2024)

Las empresas pueden llamar a sus trabajadores mientras están de baja médica para preguntarles por su estado. Así lo ha avalado el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) en una sentencia reciente en la que considera que un contacto telefónico con alguien que esté en incapacidad temporal no vulnera ni el derecho a la intimidad, ni el derecho a la desconexión digital. Un fallo polémico que no toda la comunidad jurídica ha compartido y es que algunos sostienen que la sola recepción de la llamada telefónica, la acabe cogiendo o no el trabajador de baja, ya pudiere constituir una invasión de la intimidad y un elemento contraproducente para la recuperación médica del empleado.

La comunicación entre empleados y empresa en lo relativo a las bajas médicas ha cambiado recientemente. Si hasta hace poco era el trabajador el encargado comunicar a su compañía que el médico le había dado la baja y remitirle el parte, desde abril del 2023 es la Seguridad Social quien se encarga directamente del papeleo. Lo que ha reducido la interacción entre empresa y empleado en lo relativo a salud laboral, un terreno complicado en el que determinadas acciones de un superior pueden invadir la intimidad de su subordinado o coaccionarlo, directa o indirectamente, para acelerar su reincorporación.

Sobre dicha cuestión se han pronunciado los magistrados gallegos en una sentencia compartida en redes sociales por el abogado Pere Vidal, en la que consideran que una mera llamada de cortesía para preguntar por el estado del trabajador ausente no incurre en ilegalidad. Siempre que esta no implique coacciones directas o inste al trabajador a acelerar su vuelta a su puesto.

Los hechos juzgados se refieren a la empresa Bosch, especializada en fabricar componentes para otras empresas de la automoción o industriales. Concretamente en su filial especializada en sistemas de seguridad. La compañía se preocupó por los crecientes niveles de absentismo y creó un protocolo para controlar su evolución. El mismo prevé que el coordinador de cada equipo de trabajo llame a los miembros del mismo que no acudan a trabajar.

La llamada, según recoge la sentencia, es siempre "para interesarse por su estado de salud, en ningún caso para coaccionarlos o pedirles que se reincorporen y ni siquiera para conocer el motivo de su ausencia". Uno de los objetivos oficiales es conocer si la baja está relacionada con el trabajo, la primera llamada la realizan a los cinco días de la ausencia y las siguientes "en función de la primera conversación". Si el trabajador pide que no se le vuelva a llamar, la empresa no lo hace.

La justicia avala que las empresas llamen a los trabajadores que estén de baja para preguntarles por su estado (2)

Google Maps se abre camino como prueba en los juicios entre trabajadores y empresas

Y los magistrados gallegos consideran que mientras se cumplan todos estos supuestos, la práctica no incurre en ilegalidad alguna. "En modo se vulnera el derecho a la desconexión digital por el hecho de que el trabajador que se encuentra en situación de baja de incapacidad temporal, reciba una llamada telefónica para interesarse por su estado de salud, pues ello no supone que deba estar conectado al software de la empresa a través de ordenadores, teléfonos móviles corporativos, etcétera, no estando obligado a contestar mensajes de WhatsApp, correos electrónicos, videollamadas o cualquier otro tipo de comunicación digital relacionada con el trabajo a desempeñar", según recoge el fallo.

Tampoco vulnera el derecho a la intimidad, ya que "las llamadas son cordiales y se centran en preguntar al trabajador cómo se encuentra y si necesita algo, y en caso de que el trabajador no coja la primera llamada ya no se insiste y no se le vuelve a llamar, y esto mismo ocurre cuando el trabajador indique que no quiere que se le llame".

Además, el objetivo del protocolo de seguimiento de bajas "tiene por intención crear un buen ambiente laboral entre compañeros de trabajo", según asumen los magistrados. "Un absentismo del 16%, muy por encima de la media, da que pensar que el ambiente laboral no era bueno y que la sola llamada ya podía percibirse como una coacción, más allá de si el trabajador la acababa percibiendo, que eso es muy subjetivo", apunta el abogado del gabinete de UGT de Catalunya Alejandro Del Llano. "Si el objetivo era crear un 'buen ambiente laboral', ¿por qué no hacerlo con independencia del nivel de absentismo?", se pregunta el inspector de Trabajo Armand Folch, en su perfil de Linkedin.

Criterio polémico

El criterio manifestado por el TSJ gallego ha generado polémica y distintas fuentes jurídicas consultadas apuntan a que otros TSJ podrían diferir cuando les lleguen casos similares y que deberá ser el Tribunal Supremo quien unifique doctrina. El abogado del Col·lectiu Ronda Jordi Juan Monreal critica que la sentencia asuma que las llamadas de la empresa no persiguen un interés concreto más allá de interesarse por el estado del trabajador. "No les llama su abuela ni su hermano, les está llamando una persona vinculada a la empresa que tiene un interés de parte en el proceso de incapacidad temporal del trabajador. Que es que este trabajador se reincorpore cuanto antes mejor. No es un gesto altruista y podría ser contraproducente para su recuperación", apunta Monreal.

El letrado de UGT destaca la importancia que los magistrados dan al protocolo para apuntalar su decisión. "Cualquier desviación de ese protocolo, que se enmarca en la "cordialidad", la posibilidad de no coger el teléfono o pedir que no vuelvan a llamar, ya sería motivo de invasión de la intimidad o del derecho a la desconexión digital", opina.

Suscríbete para seguir leyendo

La justicia avala que las empresas llamen a los trabajadores que estén de baja para preguntarles por su estado (2024)
Top Articles
Latest Posts
Article information

Author: Ms. Lucile Johns

Last Updated:

Views: 5779

Rating: 4 / 5 (61 voted)

Reviews: 84% of readers found this page helpful

Author information

Name: Ms. Lucile Johns

Birthday: 1999-11-16

Address: Suite 237 56046 Walsh Coves, West Enid, VT 46557

Phone: +59115435987187

Job: Education Supervisor

Hobby: Genealogy, Stone skipping, Skydiving, Nordic skating, Couponing, Coloring, Gardening

Introduction: My name is Ms. Lucile Johns, I am a successful, friendly, friendly, homely, adventurous, handsome, delightful person who loves writing and wants to share my knowledge and understanding with you.